Los 15 tipos de Contratos de Trabajo (y sus características)

Un contrato de trabajo es un documento que describe el acuerdo a través del cual una persona pacta con una empresa pública o privada las características de la relación laboral con la misma. Veamos cómo se clasifican.

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El trabajo, para bien o para mal, dependiendo de la situación de cada persona, es una parte fundamental de nuestra vida. Y es que suponiendo una jornada laboral de 8 horas diaria y teniendo en cuenta que, de media, una persona trabaja durante 45 años, descubrimos que pasamos nada más y nada menos que 12 años de nuestra vida en el trabajo.

Y en este contexto, algo tan importante ya no solo para nuestra vida, sino para el funcionamiento de la sociedad, como es el trabajo, debe estar regulado de forma perfectamente legal. Y es aquí cuando entra en juego la tan aborrecida, para muchos, burocracia. Absolutamente todas las relaciones laborales deben quedar bien plasmadas en documentos que dispongan de carácter legal.

Y es en esta línea que aparecen los protagonistas del artículo de hoy: los contratos laborales. Los documentos burocráticos que describen el acuerdo a través del cual una persona pacta con una empresa, ya sea pública o privada, las características de la relación de trabajo con la misma. Y a no ser que seas autónomo, estos contratos son el pilar de la vida profesional. En ellos quedan recogidos todos los aspectos de la relación contractual.

Ahora bien, ¿todos los contratos de trabajo son iguales? No. Ni mucho menos. Sabemos perfectamente que son muchas las distintas relaciones que podemos adoptar con una empresa, por lo que también son muchas las clases de contratos laborales que existen. Así pues, hoy vamos a indagar en las características de los diferentes tipos de contratos, clasificados de acuerdo a distintos parámetros.

¿Qué clases de contratos laborales existen?

Un contrato de trabajo es un convenio a través del cual quedan determinados y pactados los derechos y obligaciones que se tendrán durante la relación laboral entre contratador y trabajador. Así, se trata de un documento con validez legal que establece el acuerdo mediante el cual una persona física pacta con una empresa pública o privada las características fundamentales de la relación de trabajo con la misma.

Así, los contratos laborales son acuerdos entre empresario y trabajador a través de los cuales el último se obliga a prestar unos servicios a cambio de una retribución económica por parte del primero, respetando así los acuerdos establecidos en dicho documento. Estas características de la relación laboral y profesional deben pactarse antes de iniciar el trabajo, por lo que el contrato se firma antes de que el empleado empiece a prestar sus servicios.

En este sentido, los contratos de trabajo se establecen entre empleador y empleado para estipular, de forma burocrática (con las consecuencias legales que el no cumplimiento puede tener), los derechos y obligaciones de ambas partes. Pero, como hemos dicho, existen muchos tipos de contratos distintos, cada uno de ello con sus particularidades. Veamos cuáles son los principales.

1. Contrato indefinido

Un contrato indefinido, también conocida como contrato estable, es aquel en el que no existe un límite en el periodo de duración. De ahí que, debido a la estabilidad que ofrece, sea el que aspiran a tener la mayoría de trabajadores. Evidentemente, la empresa puede finalizar el contrato cuando quiera siempre que existan motivos para finalizar la relación con el empleado, pero deberá pagar, en caso de despido, una indemnización al mismo.

También puede suceder que sea el trabajador el que decida finalizar la relación de forma voluntaria, en cuyo caso tendrá que comunicar dicha decisión a la empresa con un plazo de 15 días o de un mes, dependiendo de lo estipulado. Pero, en esencia, un contrato indefinido es aquel que no tiene una duración determinada.

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2. Contrato temporal

Un contrato temporal es aquel que tiene una fecha de finalización definida en el tiempo. Se trata del contrato más común en periodos festivos, principalmente en el sector de la hostelería y del turismo, donde casi el 40% de los contratos tienen carácter temporal.

La empresa siempre tendrá que justificar la causa del contrato temporal, y es que el uso injustificado de esta contratación temporal convierte dicha relación en un contrato indefinido. Puedes encontrar más información en portales especializados, pues existen muchos matices que dependen, en gran parte, de la legislación del país.

3. Contrato en prácticas

Un contrato en prácticas es aquel destinado a estudiantes que, a través de la vinculación con una empresa, obtienen experiencia profesional en el sector de los estudios que están cursando. El alumno que realiza las prácticas debe estar obteniendo un título universitario o de formación profesional o, en caso de que ya tenga dicho título, que haga menos de 5 años que lo obtuvo.

4. Contrato de formación y aprendizaje

Un contrato de formación y aprendizaje es aquel que busca favorecer la inserción laboral de jóvenes de entre 16 y 25 años, con alternancia con una actividad formativa que esté relacionada con la actividad profesional en cuestión. Va destinado a jóvenes sin estudios, que se les ofrece esta forma de entrar en el mundo profesional si alternan este trabajo retribuido con una formación en la propia empresa o en otro centro educativo.

5. Contrato individual

Por contrato individual entendemos aquel en el que una persona física pacta con la empresa las características de la relación profesional entre ellas. Por tanto, se contrata solo a una persona y en el acuerdo se estipulan las condiciones y convenios entre empleador y empleado.

6. Contrato colectivo

Por contrato colectivo entendemos aquel tipo de acuerdo en el que se estipulan las características de la relación entre la empresa y un grupo de trabajadores. Así, se trata de un convenio grupal en el que se pactan las condiciones laborales entre el empleador y la agrupación con personalidad jurídica que está en representación de un grupo de personas físicas que van a prestar sus servicios.

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7. Contrato de jornada completa

Un contrato de jornada completa es aquel tipo de acuerdo contractual en el que se estipula que el trabajador va a realizar su actividad profesional a tiempo completo, es decir, dedicando 8 horas al día al trabajo. Es la típica jornada laboral de 8 horas semanales repartidas en cinco días, generalmente de lunes a viernes.

8. Contrato a tiempo parcial

Un contrato a tiempo parcial es aquel tipo de acuerdo contractual en el que se estipula que la dedicación del trabajador va a ser inferior a las 40 horas semanales de la jornada completa. Generalmente, la modalidad más común es la “media jornada”, que serían 4 horas al día. Y a diferencia del contrato anterior, aquí el trabajador no podrá realizar horas extra.

9. Contrato fijo discontinuo

Un contrato fijo discontinuo es aquel que, si bien es de naturaleza indefinida, tiene la peculiaridad de que la actividad profesional por parte del empleado se desarrolla de forma intermitente en el tiempo. Así, es habitual ver estos contratos en trabajos donde una empresa no necesita siempre los servicios de una persona, pero sí que requiere de ellos en una temporada concreta.

10. Contrato de sustitución

Un contrato de sustitución o de interinidad es un tipo de acuerdo contractual de naturaleza temporal que usa una empresa para sustituir a un trabajador que, por el motivo que sea, solicita una baja laboral. Así, se contrata a una persona que va a ocupar el cargo de dicho trabajador durante el tiempo que dure la baja. El trabajador que solicita la baja y es sustituido tiene derecho a que su puesto de trabajo quede reservado y el empleado que entra a través del contrato de sustitución, a cobrar lo mismo que la persona a la que sustituye.

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11. Contrato de trabajo a domicilio

Un contrato de trabajo a domicilio es aquel tipo de acuerdo contractual en el que se pactan las condiciones para una actividad profesional que va a realizarse desde casa. Así, el empleo se realiza a distancia, en casa del empleado o, en algunos casos, en el lugar designado por la empresa, pero nunca en las oficinas estándar, si es que tienen.

12. Contrato de trabajo con residencia temporal

Un contrato de trabajo con residencia temporal es aquel tipo de acuerdo contractual en la que el trabajador es una persona migrante, por lo que en este acuerdo irá implícita la solicitación de un visado temporal teniendo en cuenta el carácter migratorio del susodicho empleado.

13. Contrato de trabajo eventual

Un contrato de trabajo eventual es un tipo de acuerdo contractual de naturaleza temporal a través del cual se incorpora a un trabajador en la plantilla cuando, por acumulación de tareas, exceso de pedidos o circunstancias del mercado, la empresa necesita reforzar la plantilla. El contrato se puede ampliar siempre y cuando no se superen los 18 meses ni las tres cuartas partes del periodo de referencia contractual establecido.

14. Contrato de trabajo a trato

Un contrato de trabajo a trato es aquel tipo de acuerdo contractual en el que se estipula que la remuneración de la actividad profesional irá en función de la productividad del empleado. Es decir, no se cobra en función de las horas dedicadas al trabajo, sino a cuánto se produce.

15. Contrato de obra

Un contrato de obra es aquel tipo de acuerdo contractual de duración incierta pero de ejecución limitada en el tiempo en el que se contratan los servicios de un trabajador o grupo de trabajadores para que realicen una obra o presten un servicio determinado. La conclusión de dicha obra supone el fin del contrato.

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